Restricciones
RESTRICCIONES Y NUEVAS MEDIDAS
El Gobierno y las Autoridades, han decretado nuevas restricciones y medidas que comienzan a regir a partir del día lunes 5 de Abril.
1. Se eliminan algunos giros de manera temporal, por quince días, tras lo cual se evaluará su continuidad, de acuerdo a las cifras de la pandemia. Entre los giros que se eliminarán se encuentran : venta al por menor de prendas y accesorios de vestir, calzado en comercio especializado, la venta al por mayor de perfumes, tocador y cosméticos, entre otros.
2. Se cambia la definición de bienes esenciales como “aquellos bienes o servicios que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en fase 1 o 2 del Plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia (alimentos, medicamentos, artículos de aseo e higiene personal), el teletrabajo, la educación a distancia y la conservación y seguridad del inmueble”.
3. Se Limitan los productos comercializados en supermercados en comunas en fase 1 y 2, la venta de algunos artículos en el comercio que no califiquen en la nueva definición (incluidos supermercados).
4. Los comercios deben exigir el permiso de desplazamiento general o permiso único colectivo (PUC) de Mayorista esencial a aquellas personas que deseen ingresar a los mismos, independiente del tamaño del local.
5. Se limitará el personal que se considera esencial dentro de la actividad que se encuentra autorizada, incluidos los funcionarios públicos. Para ello:
A partir del lunes 5 de Abril, el trabajador esencial o imprescindible son aquellos trabajadores de empresas cuyo giro ha sido declarado esencial, que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia del giro, tales como labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización. Se dejan expresamente fuera de esta definición las labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías.
6. Respecto al delivery: No se podrá despachar productos “no esenciales” por el periodo que dure estas nuevas restricciones. Las empresas podrán realizar ventas durante ese periodo a través de los sitios electrónicos, pero deberán ser despachadas posterior a estas restricciones.